El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) reforzó las medidas de control de animales de especies susceptibles a la Fiebre Aftosa, en cuanto a la identificación de los bovinos y bubalinos de los establecimientos ubicados en el margen norte del Río Colorado y Río Barrancas, entre las diferentes zonas de la Patagonia.
La Resolución 894/2018, publicada en el Boletín Oficial, se adoptó a pedido de la Unión Europea, en el marco del proceso de reconocimiento a la Región Patagonia Norte A como zona libre de Fiebre Aftosa por parte del bloque.
La norma determinó que “en el caso de los establecimientos rurales linderos al margen norte del Río Colorado y Río Barrancas será responsabilidad del productor identificar a los animales al destete o al primer movimiento, lo que ocurra primero”.
También definió que el productor “deberá completar la Planilla de Identificación de Bovinos/Bubalinos que acompaña a las caravanas adquiridas y presentarla en la Oficina Local del SENASA de la jurisdicción del establecimiento, a efectos de hacer efectiva la declaración de colocación de las mismas”.
Asimismo estableció que “en dichos establecimientos el vacunador debe constatar -al momento de concurrir a las dos campañas de vacunación sistemáticas de Fiebre Aftosa-, la identificación de los animales presentes en el establecimiento, debiendo consignar dicha circunstancia en el Formulario Acta de Vacunación y registrarlo en el Sistema de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA)”.
La Patagonia Norte A abarca el sur de las provincias de Buenos Aires y La Pampa, el norte de Río Negro y el este de Neuquén. Esta región se encuentra en proceso de reconocimiento como zona libre de Fiebre Aftosa sin vacunación por parte de la Unión Europea (UE).
Para ello, la UE solicitó que se refuercen las medidas de control, en cuanto a la identificación de los bovinos y bubalinos de los establecimientos ubicados en el margen norte del Río Colorado y Río Barrancas.
El SENASA instrumentó el Sistema Nacional de Identificación de Ganado Bovino mediante la creación de la Clave Única de Identificación Ganadera (CUIG) que identifica individualmente a cada productor pecuario del país en cada establecimiento agropecuario, el cual coexiste con el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios