Desde el 1 de octubre, el pago a cuenta (VEP) de las tropas que se remiten a faena debe corresponderse con el día de faena, según informó el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)
La medida se encuadra en la adecuación del Sistema de Faena (SIGICA/SIF) para impedir la emisión del documento electrónico "Autorización de Faena" con fecha posterior a la faena realizada por el Organismo junto con la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (DNCCA) y la Secretaría de Agroindustria.
El Servicio de Inspección Veterinaria (SIV) de cada establecimiento habilitado por SENASA o las provincias podrá habilitar una "Faena de Emergencia", lo que permitirá el pago postdatado del VEP en un plazo de hasta 72 horas corridas, solo en situaciones puntuales.
En este último caso, y de no regularizarse el pago, la empresa será notificada de la infracción y deberá presentar los descargos correspondientes, avalados por el SIV, ante los organismos centrales del SENASA o la DNCCA, según corresponda.