Tal como adelantó delsector.com, mediante la Resolución General 4303 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 1° de octubre la implementación del Remito Electrónico Cárnico (REC).
En el texto de la normativa el organismo estableció que “quedan excluidas de la emisión del mismo las operaciones realizadas por los hipermercados y/o supermercados, entre un centro de distribución y sus distintas bocas de expendio propias”.
Por último, y con relación al plazo de vigencia del Remito, se establece que el mismo ya no será de 72 horas, sino que su vigencia la establecerá la AFIP y la publicará en su sitio web.